JurídicoESEN
Order (Auto)December 9, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant De Oficio Fiscalia Ciento Veinti Nueve Seccional De Medellin·Respondent Montoya Monsalve Gabriel Alonso

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-La Justicia Penal Militar Señaló Que La Acción Penal Esta Prescrita.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Treinta Penal del Circuito con función de conocimiento de Medellín y el Juzgado Ciento Ochenta y Siete de Instrucción Penal Militar.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un accidente de tránsito en el que se involucró a una motocicleta de la Policía Nacional, ya que su conductor y el parrillero eran patrulleros adscritos a la fuerza disponible y escoltas de un magistrado del Consejo de Estado.

Los hechos ocurrieron después de acompañar el esquema de seguridad del dignatario protegido y cuando se dirigían hacia las instalaciones de la Policía para entregar los elementos asignados para el mismo.

En dicho suceso resultó muerto el parrillero.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte constató que se presentó una particularidad respecto al primero.

Ello, por cuanto el Juzgado Penal Militar involucrado sostuvo que sería competente para conocer el proceso, si la acción penal no se encontrara prescrita, razón por la cual no solicitó a la jurisdicción ordinaria el envío del expediente para que la jurisdicción castrense continuara el trámite instructivo del asunto.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, tras considerar que estaba ante un conflicto inexistente.

Se ordenó enviar el expediente al Juzgado Treinta Penal del Circuito con función de conocimiento de la Ciudad de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado Treinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la Ciudad de Medellín ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo para su configuración.
  2. SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional el expediente CJU-890 al Juzgado Treinta Penal del Circuito con función de conocimiento de la Ciudad de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.